Requisitos para las empresas de acogida americanas
La checklist completa 2026
No todas las empresas americanas pueden acoger a un participante J-1. Aclarar las condiciones de antemano te ahorra semanas. Aquí está la base jurídica federal, más lo que verificamos adicionalmente antes de colocar a alguien.
¿Cualquier empresa puede acoger a un Intern o a un Trainee J-1?
No. Una empresa de acogida debe cumplir una base jurídica federal fijada por el Departamento de Estado de EE. UU., y nosotros añadimos algunos puntos prácticos. Las condiciones centrales: un EIN, un seguro de Workers’ Compensation, al menos 32 horas de training estructurado por semana, como máximo el 20 por ciento de tareas puramente administrativas (clerical work) y ninguna sustitución de mano de obra americana.
Las condiciones federales
Aplicamos la base jurídica federal según el 22 CFR 62.22. Una empresa de acogida debe:
- poseer un Employer Identification Number (EIN),
- disponer de un seguro de Workers’ Compensation o de una exención válida del estado,
- tener una dirección, un número de teléfono y un sitio web verificables,
- ofrecer al menos 32 horas por semana,
- limitar las tareas puramente administrativas (clerical work, como el archivo, la introducción de datos o la centralita) como máximo al 20 por ciento del programa,
- no sustituir mano de obra americana, y
- contratar a los participantes remunerados a través de la nómina W-2, nunca como contractors 1099.
El 20 por ciento se refiere al clerical work, es decir, la pura rutina administrativa como el archivo, la introducción de datos o la centralita. La cuestión no es si se trabaja en un escritorio: unas prácticas en arquitectura, en finanzas o en informática en un escritorio son perfectamente correctas, siempre que se trate de un verdadero training especializado y no mayoritariamente de administración.
¿Cuándo se necesita una site visit?
Una site visit es necesaria para una empresa de acogida con menos de 25 empleados a tiempo completo o con menos de 3 millones de dólares de facturación anual. Las instituciones académicas y públicas están, en la mayoría de los casos, exentas. Cuando una visita es necesaria, son nuestros sponsors asociados los que la realizan para verificar la empresa de acogida y garantizar que cumple realmente las condiciones legales; hoy, la mayoría de las veces, en forma de site visit digital por videollamada, en lugar de una visita presencial. El coste es de 250 € una sola vez y está separado del precio del patrocinio, porque solo se aplica a las pequeñas empresas de acogida.
Qué verificamos de más
Además de la base jurídica federal, nos aseguramos de que la empresa de acogida realmente te forme y no se limite a darte un escritorio:
- una empresa real, verificable y con experiencia,
- personal suficiente en el lugar para encuadrarte y formarte de verdad,
- una persona responsable designada para cada fase del plan,
- un papel de training claramente definido, con un verdadero componente de aprendizaje especializado en lugar de una rutina administrativa mayoritaria, y
- una nómina en regla (W-2) para los puestos remunerados, con trabajo en remoto limitado y sin teletrabajo integral.
En cuanto a la retribución, no existe ninguna regla de retribución fija: a partir de unos 1 900 dólares al mes, un puesto remunerado está del lado seguro, un puesto no remunerado cualificado (cero dólares) funciona igual de bien, y todo lo que está entre los dos, lo verificamos contigo. La cuestión del salario la gestionamos por ti y aclaramos qué se aplica a tu caso antes de colocar a alguien.
Test rápido: ¿mi empresa de acogida es elegible?
- EIN, Workers’ Comp, sitio real y dirección: ¿sí?
- Al menos 32 horas por semana, como máximo el 20 por ciento de rutina administrativa: ¿sí?
- Participantes remunerados en W-2, no en 1099: ¿sí?
- Personal y encuadre suficientes en el lugar para formarte de verdad: ¿sí?
- Una respuesta incierta: es precisamente eso lo que verificamos por ti.
Relacionados: el plan de formación DS-7002, los sectores y las áreas prohibidas y nuestra oferta para empresas.
¿Tu empresa es elegible como empresa de acogida?
Verificamos tu empresa frente a las condiciones federales y las nuestras, y nos ocupamos de la site visit por ti.
Verifica la elegibilidad de tu empresa
Háblanos de tu empresa, y confirmamos si puedes acoger a un participante J-1.
Preguntas y respuestas
En VisaNerd, patrocinamos estrictamente en el marco de las normas del Departamento de Estado de EE. UU. (22 CFR 62.22) y de las directrices BridgeUSA en vigor. Lo que lees aquí es la forma en que realmente patrocinamos y lo que exigimos, no una visión general de los demás sponsors. Es orientación práctica de nuestro equipo, no asesoramiento jurídico; tu elegibilidad la confirmamos nosotros como tu contacto del sponsor, y la decisión final sobre la visa la toma el funcionario consular estadounidense.