La visa J-1 para las universidades:
cómo aliviamos los servicios internacionales
Los estudiantes quieren partir hacia Estados Unidos. Pero para los career centers y los servicios internacionales, el asesoramiento es a menudo un campo minado: reglas de visas complejas, riesgos de responsabilidad y tiempo considerable. Colmamos esta laguna, como vuestro socio operativo para la gestión del J-1.
Por qué las universidades no consiguen hacerlo todo solas
Vuestro papel es abrir los caminos académicos. El nuestro es despejar la jungla burocrática del Departamento de Estado de EE. UU. Muchas universidades afrontan el mismo dilema:
- Sin asesoramiento legal: los colaboradores a menudo no pueden hacer declaraciones vinculantes sobre las visas americanas (responsabilidad).
- Búsqueda de sponsor: los estudiantes encuentran prácticas, pero fracasan en la solicitud del DS-2019, por falta de un sponsor legal.
- Recursos: un acompañamiento individual para cada candidato a Estados Unidos supera a menudo el presupuesto de tiempo.
Es aquí donde entra en juego nuestro modelo de colaboración: vosotros aportáis a los candidatos, nosotros aportamos la infraestructura.
Solicitar una cooperación
Webinar puntual o colaboración duradera para vuestros estudiantes: encontramos un modelo que alivia a vuestro equipo.
¿Qué ganan vuestros estudiantes?
Gracias a una colaboración con VisaNerd (y a nuestra red de sponsors como la CIEE), ofrecéis a vuestros estudiantes un « carril rápido »:
- Seguridad: verificación previa de que las prácticas son aptas para la visa.
- Matching: encontramos el sponsor que corresponde exactamente a la carrera.
- Condiciones: son posibles condiciones especiales para los grupos universitarios.
Para los estudiantes, la visa J-1 es a menudo la única posibilidad legal de hacer unas prácticas (« Intern ») en Estados Unidos. El ESTA no basta, expresamente, para actividades prácticas.
Nota aparte: Research Scholar y profesores
Importante para la distinción: ¿se trata de investigación académica en una universidad asociada americana?
En ese caso, es la mayoría de las veces la propia universidad americana la que sirve de sponsor. Asesoramos con gusto aquí, pero el DS-2019 viene, por norma, directamente de la oficina « International Scholar Services » de la universidad de acogida americana.
Si, por el contrario, se trata de prácticas en empresa (en sociedades americanas), la universidad americana no puede ayudar. Ahí, el estudiante necesita un sponsor externo, es decir, nosotros.
En VisaNerd, patrocinamos estrictamente en el marco de las normas del Departamento de Estado de EE. UU. (22 CFR 62.22) y de las directrices BridgeUSA en vigor. Lo que lees aquí es la forma en que realmente patrocinamos y lo que exigimos, no una visión general de los demás sponsors. Es orientación práctica de nuestro equipo, no asesoramiento jurídico; tu elegibilidad la confirmamos nosotros como tu contacto del sponsor, y la decisión final sobre la visa la toma el funcionario consular estadounidense.