Research Scholar
Tu estancia de investigación en Estados Unidos

¿Investigas y quieres llevar tu trabajo a Estados Unidos? Como Research Scholar trabajas en un proyecto de investigación definido en una entidad anfitriona con el visado J-1, de tres semanas hasta cinco años. Patrocinamos tu estancia y te acompañamos en cada paso, desde el DS-2019 hasta el consulado.

Qué haces como Research Scholar

Como Research Scholar investigas, observas o asesoras en un proyecto de investigación claramente definido en tu entidad anfitriona de Estados Unidos. También puedes enseñar, siempre que la investigación siga en el centro. A diferencia de un internship, esto no es formación. Es tu propia aportación como investigador con experiencia.

La investigación en el centro

Tu plan es un proyecto de investigación concreto con un objetivo claro. Eso distingue al Research Scholar del Professor, donde la docencia es lo principal.

Quién cumple los requisitos como Research Scholar

  • Una titulación completada a nivel de grado o superior.
  • Experiencia investigadora demostrable, por ejemplo a través de publicaciones, proyectos o una trayectoria académica.
  • No solicitas un puesto permanente o de carrera fija en la entidad anfitriona. El programa es un intercambio temporal, no un empleo permanente.

¿No estás seguro de que tu perfil encaje? Envíanos tu CV y una breve descripción de la actividad prevista. Confirmamos tu elegibilidad, de forma gratuita.

Duración y periodos de espera

Una estancia como Research Scholar va de tres semanas hasta cinco años. A esta categoría se aplican dos periodos de espera establecidos en las normas del programa J-1:

  • Bloqueo de doce meses. Si participaste en un programa J durante los doce meses anteriores a tu inicio previsto, una nueva participación como Research Scholar suele estar bloqueada. Entre las excepciones figuran una participación J previa de menos de seis meses, una categoría previa de Short-Term Scholar o un traslado desde un programa Research Scholar activo.
  • Bloqueo de repetición de veinticuatro meses. Tras completar un programa Research Scholar o Professor, se aplica una espera de veinticuatro meses antes de poder participar de nuevo en cualquiera de estas dos categorías.

Estos periodos de espera no son lo mismo que el requisito de residencia en el país de origen bajo 212(e), que es un tema aparte. Comprobamos por adelantado qué reglas se aplican a tu perfil.

Posibles anfitriones

Los anfitriones son organizaciones donde se realiza investigación seria:

  • Universidades y centros universitarios
  • Instituciones de investigación y laboratorios
  • Museos, bibliotecas y archivos con una misión de investigación
  • Departamentos de investigación de empresas y organismos públicos

Si ya tienes una confirmación, pasamos directamente a la revisión. Si todavía estás buscando, háblanos sobre los plazos.

Cómo comprobar tu elegibilidad

El primer paso es siempre una comprobación de elegibilidad gratuita. Nos envías tu CV y una breve descripción de la actividad prevista en tu entidad anfitriona. Confirmamos la categoría correcta y luego te acompañamos por la solicitud, el DS-2019 y el consulado.

Inscripción directa

EE. UU. y UK
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Descubre en 60 segundos si cumples los criterios y asegura tu plaza.

¿A qué país quieres ir?

PDF, DOC o DOCX, hasta 8 MB.

Al enviar, aceptas nuestra política de privacidad.

Sí. La docencia está permitida como actividad secundaria, siempre que tu proyecto de investigación siga en el centro. Si se trata sobre todo de enseñar, la categoría adecuada es Professor.
No. El requisito es una titulación a nivel de grado o superior junto con experiencia investigadora demostrable. Un doctorado ayuda, pero no es una condición fija.
El precio de VisaNerd depende de la duración, desde 3.900 euros hasta 10.000 euros por cinco años. Incluye el DS-2019, la tasa SEVIS, un seguro médico conforme, la preparación para el consulado y nuestro acompañamiento. La tasa de visado del consulado es aparte.
Sí. Tu cónyuge y tus hijos pueden solicitar un visado J-2. Lo planificamos junto con tu solicitud.

En VisaNerd patrocinamos estrictamente dentro de las normas del Departamento de Estado de EE. UU. (22 CFR 62.20) y de las directrices vigentes de BridgeUSA. Lo que lees aquí es cómo patrocinamos realmente y qué exigimos. Es orientación práctica de nuestro equipo, no asesoramiento legal; confirmamos tu elegibilidad como tu contacto de patrocinio, y la decisión final sobre el visado corresponde al funcionario consular estadounidense.