Una segunda J-1 Visa
¿Puedes repetir el programa?

Seguro que has oído que hay que esperar dos años antes de repetir un J-1. Para la mayoría de la gente, es falso. Ese plazo de dos años solo se aplica en un caso muy concreto, y la confusión hace que muchas personas renuncien a un segundo programa al que llevaban tiempo teniendo derecho.

¿Puedes conseguir una segunda J-1 Visa?

Sí. Puedes hacer una segunda J-1 y, en la mayoría de los casos, sin ningún plazo de espera. El famoso plazo de dos años solo cuenta si repites como Trainee. Si vuelves como Intern y sigues cumpliendo los criterios de esa categoría, puedes empezar de nuevo sin esperar.

Repetir como Intern: sin plazo. Repetir como Trainee: antes, dos años fuera de Estados Unidos.

Solo con esta distinción se aclara casi toda la confusión que circula por internet. En el resto de la guía te mostramos qué regla se aplica exactamente a tu caso, para que no renuncies a un programa que podrías empezar legalmente mañana mismo.

¿Quién puede repetir como Intern J-1?

Según las normas del Departamento de Estado de EE. UU. (22 CFR 62.22), cuentas como Intern —también en un programa repetido— si al empezar cumples una de estas condiciones:

  • estás matriculado a tiempo completo en un centro de educación superior fuera de Estados Unidos, o bien
  • te titulaste hace 12 meses como mucho antes de tu fecha de inicio, o bien
  • das el salto al siguiente nivel académico, por ejemplo del grado al máster.

No hay ningún límite federal al número de veces que participas como Intern, siempre que cumplas una de estas condiciones cada vez.

¿El segundo programa tiene que ser distinto?

Sí. Un programa repetido no puede ser una copia del primero. Las normas exigen que el nuevo puesto desarrolle competencias más avanzadas o pertenezca a un ámbito realmente diferente.

La prueba en una frase

Si sabes explicar qué aporta el segundo programa que el primero no tenía, estás en terreno seguro. Si no, conviene ajustar el plan antes de presentar la candidatura.

¿Cuál es la regla de los dos años para los Trainee?

Aquí el plazo de dos años sí es real. Para repetir como Trainee, tienes que pasar al menos dos años físicamente fuera de Estados Unidos entre un programa y otro. El mismo plazo cuenta si pasas de Intern a Trainee. Así que el mito no está inventado: es una regla correcta, pero aplicada a la categoría equivocada.

Todas las reglas de repetición de un vistazo

Tu situaciónPlazo de espera
De Intern a Intern (sigues cumpliendo los criterios Intern)Ninguno, según la ley federal
De Intern a TraineeDos años fuera de Estados Unidos
De Trainee a TraineeDos años fuera de Estados Unidos
De Trainee a Intern (vuelta a los estudios a tiempo completo)Ninguno, según la ley federal, si cumples los criterios Intern

Estas reglas de repetición no son lo mismo que la obligación de residir dos años en tu país de origen que impone el 212(e), con la que a menudo se confunden. No estar sujeto al 212(e) no cambia nada de la tabla anterior.

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Lee también: Intern o Trainee: cuál eres tú y la ventana de 12 meses tras titularte.

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Preguntas y respuestas

Solo si repites como Trainee o si pasas de Intern a Trainee. Repetir como Intern no lleva ningún plazo de espera federal, siempre que sigas cumpliendo los criterios de esa categoría.
Para los Intern no hay un límite federal fijo. Cada programa tiene que cumplir los criterios Intern y ser más avanzado o de un ámbito distinto al anterior.
Si sería una repetición idéntica, por lo general no: el segundo programa debe ser más avanzado o de un ámbito distinto al primero. Nosotros comprobamos si tu plan lo cumple.

En VisaNerd patrocinamos estrictamente dentro del marco de las normas del Departamento de Estado de EE. UU. (22 CFR 62.22) y de las directrices BridgeUSA vigentes. Lo que lees aquí es la forma en que patrocinamos de verdad y lo que pedimos, no un resumen de los demás sponsors. Es orientación práctica de nuestro equipo, no asesoramiento jurídico; tu elegibilidad la confirmamos nosotros como tu contacto del sponsor, y la decisión final sobre la visa la toma el funcionario consular estadounidense.