Una segunda visa J-1
¿Puedes repetir el programa?
Habrás oído decir que hay que esperar dos años antes de poder repetir un J-1. Para la mayoría de las personas, es falso. El plazo de espera de dos años solo vale en un caso específico, y esta confusión hace que mucha gente pierda un segundo programa al que tenía derecho desde hace tiempo.
¿Puedes obtener una segunda visa J-1?
Sí. Puedes hacer una segunda J-1 y, en la mayoría de los casos, no existe ningún plazo de espera. El famoso plazo de dos años solo se aplica si repites como Trainee. Si repites como Intern y sigues cumpliendo los criterios Intern, puedes volver a empezar sin plazo de espera.
Solo esta distinción disipa la mayor parte de la confusión que circula online. El resto de esta guía te muestra exactamente qué regla se aplica a ti, para que no rechaces un programa que podrías empezar legalmente ya mañana.
¿Quién puede repetir como Intern J-1?
Según las reglas del Departamento de Estado de EE. UU. (22 CFR 62.22), se te considera Intern, también para un programa repetido, si al inicio del programa se cumple una de estas condiciones:
- Estás actualmente matriculado a tiempo completo en una institución de educación superior fuera de Estados Unidos, o bien
- te has titulado hace 12 meses como máximo antes de tu fecha de inicio, o bien
- pasas al nivel académico siguiente, por ejemplo del grado al máster.
No existe ningún límite federal al número de veces que puedes participar como Intern, siempre que cumplas una de estas condiciones cada vez.
¿El segundo programa debe ser diferente?
Sí. Un programa repetido no puede ser una copia del primero. Las reglas exigen que el nuevo puesto desarrolle competencias más avanzadas o pertenezca a un área realmente diferente.
Si consigues explicar por qué el segundo programa aporta algo que el primero no tenía, estás en terreno seguro. En caso contrario, el plan debe ajustarse antes de la candidatura.
¿Cuál es la regla de los dos años para los Trainee?
Aquí, el plazo de dos años sí es real. Para repetir como Trainee, debes pasar al menos dos años físicamente fuera de Estados Unidos entre los programas. El mismo plazo se aplica si pasas de Intern a Trainee. El mito no está, por tanto, inventado: es una regla correcta aplicada a la categoría equivocada.
Todas las reglas de repetición de un vistazo
| Tu situación | Plazo de espera |
|---|---|
| De Intern a Intern (sigues cumpliendo los criterios Intern) | Ninguno, según el derecho federal |
| De Intern a Trainee | Dos años fuera de Estados Unidos |
| De Trainee a Trainee | Dos años fuera de Estados Unidos |
| De Trainee a Intern (de nuevo a los estudios a tiempo completo) | Ninguno, según el derecho federal, si cumples los criterios Intern |
Estas reglas de repetición son distintas de la obligación de residencia de dos años en el país de origen prevista en el 212(e), a menudo confundida con ellas. No estar sujeto al 212(e) no cambia nada en la tabla anterior.
Lee también: Intern o Trainee, cuál eres y la ventana de los 12 meses tras la titulación.
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Preguntas y respuestas
En VisaNerd, patrocinamos estrictamente en el marco de las normas del Departamento de Estado de EE. UU. (22 CFR 62.22) y de las directrices BridgeUSA en vigor. Lo que lees aquí es la forma en que realmente patrocinamos y lo que exigimos, no una visión general de los demás sponsors. Es orientación práctica de nuestro equipo, no asesoramiento jurídico; tu elegibilidad la confirmamos nosotros como tu contacto del sponsor, y la decisión final sobre la visa la toma el funcionario consular estadounidense.